¿Cómo será la promoción interna a partir del 2021 en la Policía Nacional?

La carrera policial a partir del 2021 queda regulada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional y por el *Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía.

* En el 2018 la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación, hizo un borrador del Reglamento de procesos selectivos que está pendiente de su aceptación y publicación.

A falta de este nuevo Reglamento de procesos selectivos, donde puede haber cambios en los tiempos mínimos para los ascensos y que tiene prevista su publicación en fechas próximas, la carrera policial se puede resumir de la siguiente forma:

ESQUEMA ACTUALIZADO AL RD 853/2022 – REGLAMENTO DE PROCESOS SELECTIVOS

Para ascender a Oficial de Policía (C1) será requisito:

Para ascender a Subinspector (A2) será requisito:

  • Grado universitario.
  • Diplomatura universitaria.
  • Arquitectura / Ingeniería Técnica.

El TREBEP exige para el acceso al Grupo A, Subgrupo A2, estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado.

Para ascender a Inspector / Inspector Jefe / Comisario / Comisario Principal (A1) será requisito:

Temas pendientes 2021:

  • Reglamento de procesos selectivos: la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación está elaborando un nuevo Reglamento de Procesos Selectivos.
  • Complementos formativos: la División de Formación y Perfeccionamiento continuará con los Complementos Formativos para las escalas de Subinspección y Ejecutiva. En principio, sólo se admiten como participantes del curso a aquellos que tienen Bachiller o equivalente a efectos académicos, pero se prevé que en próximos cursos puedan  acceder aquellos que tengan también las equivalencias a Bachiller a efectos laborales.
  • Centro Universitario de la Policía Nacional. Ya se encuentra presupuestado y se espera que desarrolle una malla curricular para la formación de policías y oficiales que puedan conseguir los requisitos para el ascenso a Subinspector.

Más información sobre titulaciones: https://elderecho.com/titulaciones-superiores-y-acceso-al-empleo-publico-local-varios-problemas-y-algunas-soluciones

Borrador del Reglamento de Procesos Selectivos de 2018

59 pensamientos sobre “¿Cómo será la promoción interna a partir del 2021 en la Policía Nacional?

  1. Hola buenas, ayer salió el nuevo plan de estudios de la escala subinspección y trae que para acceder de necesita el grado, no pone nada de diplomatura, entiendo que ya no dejarán presentarse a la oposición de subinspector con la diplomatura, aunque sea grupo.A2
    Un saludo gracias

  2. Buenas. Según la última convocatoria para subinspector, se admitían diplomaturas, incluso tener superados 180 créditos de una licenciatura. Seguirá siendo así?

    1. Buenos días Juan, así debe ser.
      No es algo que pongan únicamente en la convocatoria porque sea cosa de la DGP, sino que viene contemplado en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

      El TREBEP exige para el acceso al Grupo A, Subgrupo A2, estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado.
      En lo referente a tener los tres cursos completos de una Licenciatura, viene reflejado como equivalencia según se indica en el Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
      Saludos.

      1. Hola buenos dias, con el nuevo plan de estudios de subinspector que salió ayer, y que aparece como requisito estar en posesión del título de grado, entiendo que ya no se podrá presentar con Diplomatura como en años anteriores.
        Un saludo, gracias.

  3. Hola, me gustaría saber si para las diferentes escalas superiores, tanto subinspector como inspector exigen un grado universitario, pero no especifican cual y he mirado diferentes fuentes y sigo sin sacar nada en claro. ¿Vale cualquier grado o diplomatura universitaria?.

    1. Buenos días José María, para los ascensos a Subinspector y siguientes, es necesario tener Grado universitario o superior (valdría la antigua Licenciatura, pero no las diplomaturas ni ingenierías técnicas).
      Todas las categorías a partir de Subinspector pertenecen al Grupo A de la administración y por este motivo es necesario esa titulación.
      No hay ninguno grado específico, es válido cualquier Grado de 4 años.
      Saludos.

      1. Buenas tardes, quería saber si teniendo ya cursados los 240 créditos del Grado a espera de realizar el TFG sería posible presentarse a subinspector.
        Saludos y gracias.

        1. Buenas tardes Roberto, necesitas tener finalizado el Grado y con ello estar en posesión de la titulación, así que hasta que no presentes el TFG y lo tengas aprobado no tendrás los 240 créditos que te darán la titulación.
          Saludos.

  4. Hola buenas era para preguntar si con el grado medio se puede opositar a policia nacional? y otra cosilla si es asi hasta que rango dentro del cuerpo se puede llegar ? Hasta oficial no?
    Muchas gracias y espero vuestras respuestas.

    1. Buenas tardes, con esos estudios puedes opositar sin problemas.
      Posteriormente irás cursando los estudios necesarios para continuar ascendiendo a través del Centro universitario de la Policía.
      Saludos.

  5. Buenos días y muchísimas gracias por el tiempo q dedicáis a ayudar a los compañeros,quería preguntar después de publicar la creación de la universidad policial si se sabe si los oficiales podrán optar a ella sin el bachillerato,con el acceso a uni por ejemplo.Gracias de nuevo

    1. Buenos días Rafael, lo primero agradecerte tus palabras…
      Todo debería indicar que así será. En la cuenta de Twitter de @info_dgp (02/08/22) anuncian el comienzo del primer curso de Grado para 400 oficiales.
      Hay que entender que los requisitos para el acceso a estos estudios universitario deben ser los mismos que para cualquier universidad, por lo que debería ser válido el acceso a mayores de 25 años.
      Saludos.

  6. Hola, quería saber si una vez dentro de la policía a través de opositar y con bachillerato, el cuerpo ofrece facilidades para realizar un grado con la intención de poder ascender a subinspector o es muy raro ese itinerario. Gracias.

    1. Buenos días Francisco, a día de hoy no es así. Como me imagino que estás opositando y estás estudiando la Ley de Personal 9/2015, así se indica, pero actualmente (2022) esto no es así.
      Se piensa que en el futuro y con el Centro universitario policial funcionando, se puedan cursar los estudios necesarios para ir obteniendo las titulaciones para el acceso a cada categoría.
      A día de hoy y con el bachiller podrías llegar hasta Oficial.
      Saludos.

  7. Hola, ¿Cuåndo tienen previsto la aprobación del nuevo reglamento de procesos selectivos?

    ¿En caso de ser aprobado en el año en curso, afectaría a los procesos iniciados antes de su entrada en vigor? Con esto me refiero por ejemplo a los subinspectores que inician el curso el próximo mes de septiembre y que ya han superado los exámenes.
    Gracias, saludos.

    1. Buenos días, todavía no hay una fecha fijada, pero por mucha prisa que se dieran, lo normal es que no afecte a las convocatorias ya iniciadas. Serán para las convocatorias que se realicen una vez se publique el Reglamento.
      Saludos.

      1. Buenas tardes, excelente blog que acabo de descubrir en el día de hoy. Mi pregunta va dirigida, y hasta el momento nadie me ha podido aclarar, sindicatos incluidos, es la siguiente: Con la aprobación de la Orden UNI/124/2022 de 22 de Febrero, y en relación ala modificación del art 1 dela Orden ECD/775/2015 de 29 de Abril…el apartado b) del art 2 queda redactado de manera , añadiendo la frase ( o que cumplan los requisitos establecidos por la legislación española en materia de acceso a la universidad ).
        Este añadido podría dar pie a que Subinspectores de antes del 2014, sin bachiller , prueba de acceso a la Universidad, etc, etc..que sean Técnicos Superiores ( reconocidos por el Ministerio ) puedan acceder a la rrealización de los complementos formativos establecidos a efectos de completar los 240 créditos ECTC del plan de estudios, y con posterioridad acceder a los exámenes de acceso a la escala Ejecutiva. Yo entiendo que si, ya que desde técnico superior ( grado superior ) se puede acceder a la enseñanza universitaria en determinadas ramas, pero me gustaría una opinión fundamentada. Gracias y espero que sirva de ayuda a más compañeros.

        1. Buenas tardes Rafa, disculpa la tardanza, pero se me quedó la consulta «despistada» entre los correos.
          La modificación de la Orden ECD viene motivada para añadir esos accesos a los Grados universitarios. Según está establecido en la norma sobre titulaciones que son válidas para el acceso y admisión a las enseñanzas oficiales de Grado son el título de Bachiller o equivalente, el título de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior así como para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros.
          En la próxima convocatoria se debería aceptar a todos los que cumplan con estas titulaciones y así obtener la equivalencia a Grado para posteriormente poder presentarse a Inspector.
          Saludos.

  8. Buenas tardes, si tengo carrera universitaria, y soy policía. Podría presentarme a inspectora por escala interna? O tengo que esperar los años correspondientes?
    Gracias

    1. Buenas tardes, podrías hacer la carrera por promoción interna pasando por Oficial y Subinspector o bien opositar por libre directamente a Inspector. En este último caso hay pruebas, como las físicas por ejemplo, que no tendrías que hacer.
      Saludos.

  9. Buenas tardes, ¿podría saber por qué no se puede acceder a hacer el ciclo formativo teniendo la FPII? es decir un titulo de grado superior. Hay que recordar que en la pirámide del M. de Educación, los estudios de técnico superior están por encima del titulo de bachiller. Pues la DGP arbitrariamente sigue negando el acceso a los ciclos formativos de grado a funcionarios policiales con titulación de técnico superior.

    1. Buenas tardes Luis,
      Es un criterio marcado por el Ministerio de Educación y no por la DGP. Al menos así lo han reiterado en numerosas ocasiones tanto desde la División como desde la ENP.
      No obstante, hemos hablado sobre esto en el hilo que hablamos sobre el bachiller https://www.promocioninterna.es/2018/01/bachiller
      En resumen, lo que hablamos allí sobre este asunto, es que se ha puesto como «llave» para hacer los complementos formativos el bachiller y no otras titulaciones aunque sean de mayor entidad como podría ser el caso de una Diplomatura o Ingeniería Técnica. En estos dos casos que te pongo, aquellos que tienen esas titulaciones de 3 años universitarios, si no tienen el bachiller, no pueden hacer el curso de complementos formativos.
      Saludos.

      1. Y se sabe cuando saldrá la anunciada modificación de la orden ecd 775/2015 respecto a esto?. Publicaron que iban a subsanar el que únicamente con el bachiller se pudieran hacer los complementos y no se ha sabido nada más. La verdad es que es una postura muy controvertida, contraria a la Ley de Educación pero siguen en su línea sin bajarse del burro.

        1. Me temo que tardarán y continuarán con esa arbitrariedad a pesar de que los juzgados les estén rebatiendo sus argumentos les da igual puesto que no le piden responsabilidades personales al que firma dichas resoluciones.

  10. Buenas tarde.
    Siendo Oficial, con Bachiller y Diplomatura, se puede ascender a subinspector, pero para ascender de subinspector a inspector, haría falta algún curso de adaptación al grado?
    Otra cuestión, ahora se puede ascender con Diplomatura, pero puede darse el caso que amplíen el requisito a grado únicamente?
    Gracias

    1. Buenos días Jairo,
      Efectivamente se puede ascender con esos estudios y no tiene porqué cambiar puesto que está así escrito en la norma, son los requisitos de acceso al subgrupo A2.
      Por otra parte, una vez finalizas el curso de ascenso a subinspector obtienes la equivalencia a Grado, por lo que no debes cursar otros cursos posteriores.
      Saludos.

  11. Buenos días. Una Subinspectora ascendida en 2015 que tiene el C.O.U ¿ Puede presentarse ahora a la Escala Ejecutiva. Se le considera que tiene la equicalencia a grado? Un saludo

    1. Buenos días Fran, si lo ha solicitado sí.
      A partir del curso de 2015 fue cuando se cambió el plan de estudios.
      Con esa equivalencia ya puede continuar con la carrera policial.
      Saludos.

  12. Hola!! Entiendo que siendo diplomado se puede acceder al ascenso a subinspector. Pero después se podría ascender a inspector?? El curso de subins aporta los complementos formativos para ello?gracias

    1. Buenos días Gustavo,
      Efectivamente se puede acceder con Diplomatura. Una vez finalices el curso de subinspector, si estás en posesión del título de Bachillerato, saldrás con la equivalencia a Grado universitario.
      Saludos.

  13. Hola buenas tardes,
    Me han llegado rumores acerca de que este año no habrá convocatoria para Subinspectores.
    Se sabe algo acerca de esto?
    Supongo que en estas fechas es normal que empiecen a salir rumores de todo tipo….espero no se confirme.
    Muchas gracias por toda la información que nos das, es de gran ayuda.

  14. Hola y disculpa las molestias.

    He estado viendo últimamente publicaciones las cuales afirman que para Ascender a oficial de policía NO equivaldría la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años a efectos de bachillerato, ya que alegan que la PAU para Mayores de 25 años SOLO equivale para el acceso a la función pública y no para el ascenso.

    Podría darme su punto de vista.

    Muchas gracias

  15. ¡Buenas tardes! Siendo Oficial de Policía con el antiguo COU y sin llegar a terminar primer ciclo universitario … ¿Podría ascender a Subinspector con la nueva ley solo con el COU?

  16. Hola buenas tengo unas dudas que me gustaría resolver , actualmente tengo la egb y acceso universidad mayores 25 años. He solicitado equivalencia a educación y me la deniegan por no tener la eso.
    El caso es que tengo entendido que se está accediendo a básica con el acceso a la universidad y no entiendo por qué no dejan ascender a oficial cuando sigue siendo grupo C y si vale para acceder a básica.
    Un saludo y gracias por todo de antemano

    1. Buenos días, sobre el acceso a la universidad, tienes en la web las equivalencias y requisitos. Cumpliendo con ellos, no deberían negarse a darte la citada equivalencia a bachiller a efectos laborales.
      La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos, o bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios (tener en cuenta DA5ª de la Orden EDU/1603/2009 modificado por la Orden EDU/520/2011). No tendrá validez la equivalencia con el Título de Graduado en ESO a efectos profesionales obtenida según lo establecido en el Art. 3.5 de la Orden EDU/520/2011.
      Te dejo los enlaces para que puedas argumentar la petición:
      – Equivalencias Bachiller: http://www.educacionyfp.gob.es/eu/contenidos/estudiantes/bachillerato/gestion-titulos/equivalencias-efectos-laborales.html
      – Equivalencias ESO: http://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/estudiantes/educacion-secundaria/gestion-titulos/equivalencias-con-el-titulo-de-geso.html
      Saludos.

      1. ellos me constestan esto, que segun entiendo seria a efectos academicos. Entiendo que tendria que realizar una alegacion para que me lo reconozcan a efectos laborales la equivalencia de bachillerato??
        Esta equivalencia establecida con el título de Técnico a los efectos de acceso a empleos públicos y privados,
        será de aplicación, asimismo, a quienes hayan cursado los correspondientes estudios que facultan para su
        incorporación a la categoría segunda (inferior) de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, siempre
        que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos
        académicos.
        Para la tramitación de la citada equivalencia deberá presentar la documentación detallada a continuación:
        – Fotocopia compulsada del documento académico oficial, expedido por un centro oficial, que
        acredite estar en posesión o condiciones de obtener el título de Graduado en Educación
        Secundaria Obligatoria, establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, o titulación
        equivalente a efectos académicos al citado título, conforme a lo previsto en el Real Decreto
        986/1991, de 29 de junio y el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio.
        La normativa oficial establece las siguientes equivalencias, A EFECTOS ACADÉMICOS, entre
        distintas enseñanzas de planes educativos extintos con el Título de Bachillerato:
        – Título Bachiller LOGSE.
        – Curso de Orientación Universitaria.
        – 2º curso de una modalidad de Bachillerato experimental.
        – Curso Preuniversitario.
        – Maestro de Enseñanza Primaria

        1. –Creo que estas intentado solicitar la equivalencia de Técnico , cuando lo que tienes que justificar, puesto que no existe convalidacion, es el título de Bachiller o equivalente a efectos laborales .
          — La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos, o bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios (tener en cuenta DA5ª de la Orden EDU/1603/2009 modificado por la Orden EDU/520/2011). No tendrá validez la equivalencia con el Título de Graduado en ESO a efectos profesionales obtenida según lo establecido en el Art. 3.5 de la Orden EDU/520/2011.
          — En el mismo texto figura lo siguiente» Las personas interesadas sólo tienen que exhibir los títulos o las certificaciones académicas acreditativas de que cumplen los requisitos exigidos por las normas legales, para el reconocimiento de sus estudios a efectos laborales. No es necesario, por tanto, ningún acto administrativo ni, en consecuencia, la intervención de ninguna Administración.»
          –Supongo que tendrás que solicitar que en tu expediente aparezca tanto el acceso a la universidad como un certificado de la realización de los 15 creditos ECTS.
          –Espero haberte ayudado y no estar confundido, un saludo.

  17. Hola, una pregunta, según el nuevo reglamento para el ascenso a oficial, como requisito se establece llevar en la categoría inmediatamente inferior (en este caso Policía) al menos 3 años… según pones en el esquema de arriba pones 2 años…. ¿Cuánto es entonces? 2 o 3 años? . La promoción que juramos en mayo de 2019 podríamos presentarnos a la convocatoria de 2021? gracias y un saludo .

    1. Buenos días,
      La actual ley 9/2015 indica:
      Artículo 42. Concurso-oposición.
      1. Para poder concurrir a las pruebas de ascenso por la modalidad de concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir al menos dos años de servicios efectivos en la categoría que ostenten. Reglamentariamente se establecerán, respetando el plazo señalado anteriormente, los tiempos mínimos de permanencia en cada categoría a los efectos de lo establecido en este artículo.
      El Reglamento de Procesos selectivos que se encuentra en vigor es el RD 614/1995, de 21 de abril, y dice lo siguiente:
      Artículo 19. Concurso-oposición.
      Para poder concurrir a las pruebas de ascenso en la modalidad de concurso-oposición, los aspirantes, además de los requisitos establecidos en el artículo 15, deberán reunir el siguiente tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría inmediata inferior:
      a) Para Oficial de Policía, dos años.
      b) Para Subinspector e Inspector, tres años.
      c) Para Inspector Jefe, diez años, excepto para quienes accedieron a la categoría de Inspector por el procedimiento de promoción interna, a los que se les exigirán cinco años.
      d) Para Comisario, cinco años.
      e) Para Comisario Principal, siete años.
      A día de hoy es el Reglamento que está vigente. Desconozco si finalmente se aprobará el borrador con la modificación de plazos que propusieron hace 3 años o aceptarán algunas de las alegaciones que solicitaron los sindicatos (https://www.promocioninterna.es/2018/05/reglamento-de-procesos-selectivos).
      Saludos.

  18. Muy buenas tardes.
    En primer lugar gracias por quitarte tiempo de tu tiempo y contestar todas las dudas.
    Y por otra parte gracias por esta página.
    Personalmente la he descubierto hace unos días.
    Mi situación es la siguiente.
    Tengo la ESO, un Grado Medio de Formación Profesional y después en su día saqué el acceso para mayores de 25 en la UNED.
    Quisiera seguir intentando el ascenso a Oficial de policía, con todo este lío en el que nadie sabe muy bien cuál serán las bases para poder inscribirse en el ascenso de Oficial para el año que viene, me gustaría que me guiaras un poco si en mi caso podré o no. Y en el caso de que sea que si, saber si tengo que solicitar algún tipo de documento en algún lugar para acreditar estar en posesión de lo que se llama equivalente laboral.
    Muchas gracias de antemano y espero que entiendas mi pregunta y duda.
    Saludos.

    1. Buenas tardes Noel, los requisitos para el ascenso a Oficial son los mismos que para el acceso a Policía, es decir, nos encontramos con un subgrupo C1 que tiene como requisitos para su acceso el título de Bachiller o equivalente a efectos laborales.
      Te dejo el enlace donde se muestran las equivalencias laborales http://www.educacionyfp.gob.es/eu/contenidos/estudiantes/bachillerato/gestion-titulos/equivalencias-efectos-laborales.html
      Para justificar los estudios, debes tener las titulaciones en tu expediente profesional. Con eso sería suficiente para justificar tus estudios sin solicitar otras equivalencias.
      Saludos.

    2. Hola, tengo un título de Fp1 el cual me han hecho equivalencia a título de Técnico. ¿Con esa equivalencia puedo presentarme para Oficial?

  19. ¿Me puede decir en que parte del TREBEP aparece como exigible para el Grupo A2, una diplomatura o ingeniería? La norma (Art 76 del TREBEP) dice que para el acceso al A2 se solicita a presentación de instancias un GRADO, y todo lo que sea pedir menos que eso, a mi entender, es ilegal.

    1. Buenos días Dani, echa un vistazo al enlace que hay en la propia noticia.
      No obstante, en escrito de Defensor del Pueblo y de la DGP, dice textualmente «Los Diplomados Universitarios (180 créditos), Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico al provenir de las titulaciones que los clasificaban en el antiguo Grupo B, hoy subgrupo A2, no poseen los requisitos necesarios para participar en los procesos selectivos de ingreso en la Escala Ejecutiva, subgrupo A1, siendo válidas a los únicos efectos de la promoción interna para participar en el ascenso a la categoría de subinspector en la Policía Nacional, que con la regulación actual ha quedado enmarcada en el subgrupo A2.»
      Saludos.

      1. En el titular de la noticia dice: «El TREBEP exige para el acceso al Grupo A, Subgrupo A2, estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado» cosa que no es así, ya que el art. 76 dice «Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2.
        Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta».
        Por otra parte, los 180 créditos de los diplomados antiguos equivalen a una carga lectiva distinta a la de los créditos ECTS, ya que el antiguo crédito tenía una equivalencia de 10 horas lectivas, mientras que el crédito ECTS actual del Plan Bolonia equivale a entre 25-30 horas lectivas.
        No puedo entender como una sentencia del 2009 fija unos parámetros que en leyes posteriores (Ley de personal 9/2015 y TREBEP 2015) no vienen como tal recogidos. Además, hacer una equivalencia de un diplomado y licenciado antiguo a un mismo título de Grado, es incongruente ya que a uno le sumas un año lectivo completo, y a otro se lo quitas.
        En cualquier caso te agradezco si me enlazas a los escritos del defensor del pueblo y el de la DGP que nombras textualmente en tu contestación. Muchas gracias por el trabajo que realizas intentando informar sobre este problema. Un saludo

        1. Buenas días, no te puedo enviar el escrito porque me lo hizo llegar un compañero al que se lo enviaron de forma personalizada, con número de registro, a una consulta que realizó al Defensor del Pueblo.
          Poco a poco iremos viendo cómo queda todo resuelto.
          Saludos.

  20. Hola buenas por la información, queria hacer una pregunta, por lo que comentas, se cree que se puedan presentar a subís, las personas que tiene los 180 ects de los títulos propios de universidades, como son los diversos estudios de criminologias, las cuales no son títulos oficiales. Gracias y saludos

    1. Buenas tardes!
      Los títulos propios parecen no ser válidos. Entiendo que la mejor opción sería hacer el curso de adaptación para la obtención del Grado.
      Hay varias universidades que te reconocen los 3 cursos y con único curso obtendrías el Grado. Te recomiendo ponerte en contacto con la misma universidad donde lo cursaste.
      Saludos.

  21. Buenas! Muchas Gracias por la información que nos aportas.
    Una duda, si van a dejar las antiguas diplomaturas e ingenierías para el acceso a Subi.
    Dejarán al que tenga 180 créditos cursados de un grado de 240?.
    Ya que las antiguas diplomaturas y demás son 180 créditos y se dejaba para el acceso a la ejecutiva antiguamente con este plan los que cursaban licenciaturas.
    Un saludo, Muchas gracias.

    1. Buenas tardes, en el enlace del final de la página se indica ese punto…
      Igualmente, en la actualidad, será título habilitante para el acceso al Subgrupo A2 el certificado que acredite los tres primeros cursos de una Licenciatura o el primer ciclo siempre que contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos. Este supuesto se refiere siempre a estudios no regulados por el Plan de Bolonia.
      Saludos.

      1. Buenas.
        Se está empezando a oír que este año no publicarán convocatoria de Subinspector.
        ¿Se sabe algo de esto? ¿Podrían dejar un año sin ascenso?

  22. Se sabe algo de esto que dicen los sindicatos ?
    Complementos formativos: la División de Formación y Perfeccionamiento continuará con los Complementos Formativos para las escalas de Subinspección y Ejecutiva. En principio, sólo se admiten como participantes del curso a aquellos que tienen Bachiller o equivalente a efectos académicos, pero se prevé que en próximos cursos puedan acceder aquellos que tengan también las equivalencias a Bachiller a efectos laborales.
    Centro Universitario de la Policía Nacional. Ya se encuentra presupuestado y se espera que desarrolle una malla curricular para la formación de policías y oficiales que puedan conseguir los requisitos para el ascenso a Subinspector.

  23. Buenas tardes! Gracias por tu página, es genial.
    Según lo que indicas, ¿se puede ascender de oficial a subi teniendo simplemente Diplomatura? Anteriormente no estaba claro, se decía que ibamos a necesitar hacer algún complemento. Gracias de antemano

  24. Hola buenas tardes!!! Se sabe algo de si con el nuevo reglamento de procesos selectivos se cambia los años de permanencia en la categoría para ascender, es decir según el borrador se amplian los años, o al final quedará como siempre. Un saludo muchas gracias.

      1. hola ! tengo unas dudad que me inquietan mucho y te agradecería que me las pudieras resolver. yo tengo 20 años y estoy en posesión del bachiller, ahora me estoy preparando las oposiciones de policía nacional escala básica. Pero claro, yo sin duda alguna quiero ascender para inspectora y a partir de allí lo que vaya fluyendo. Mi duda es; Una vez estando en el cuerpo de policía nacional, para ascender como interina tendría que hacer las Pau y hacer una carrera y una vez ya finalizada poder ascender presentando el grado ya que es un requisito o al ascender como promoción interna se puede hacer mediante otro modo ? es decir, te facilitarían hacer una carrera sin hacer las Pau o algún otro recurso ? es para poder ubicarme ahora y saber que hacer para enfocarme en mi objetivo que es ser inspectora. porque si tengo que hacer una carrera si o si, hacer por lo menos las Pau ahora que tengo el temario fresco. Gracias de antemano y espero su respuesta.

        1. Buenas tardes,
          Actualmente la carrera policial no está totalmente definida… Si has visto las últimas noticias sobre el Centro universitario que se está creando en la Policía, se habla de proyectos para no dejar a los policías sin posibilidad de ascenso.
          A día de hoy, está todo en el aire y no hay nada concreto o en funcionamiento.
          Lo que está claro es que si tienes un Grado universitario no tendrás problema alguno para ascender, pero a día de hoy, el resto es solo un proyecto.
          Así que, de momento poco te puedo decir. En teoría el centro universitario comenzaba a funcionar en el 2015 y estamos en el 21 y acaba de empezar a verse movimiento. Habrá que esperar a ver cómo quedan los planes de estudios de la Universidad y el reglamento de procesos selectivos.
          Saludos.

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